martes, 14 de octubre de 2008

En relación a los "cursitos"

La formación de los empleados públicos es a la vez una obligación y un derecho de los funcionarios públicos. Así se refleja en los artículos 14 ( [los funcionarios públicos tendrán derecho] la formación continua y a la actualización permanente de sus conocimientos y capacidades profesionales, preferentemente en horario laboral) y 54 ([los funcionarios públicos] mantendrán actualizada su formación y cualificación) del Estatuto Básico de los Empleados Públicos (Ley 7/2207, de 12 de abril). Pero, para ello, las Administraciones Públicas deben facilitar los medios y recursos necesarios para que esto se cumpla en virtud de los principios de mérito y capacidad y de eficacia y eficiencia básicos del empleado y de la función pública respectivamente.

Bueno, ¿qué quiere decir esta plasta? Pues que las distintas Administraciones deben de planificar adecuadamente los distintos planes de formación para que todos los empleados públicos puedan acceder a dicha formación que, por otro lado, se le requiere reglamentariamente. Lógicamente, dicha planificación debería contar con un estudio previo de las necesidades reales de formación y no basarse en peticiones de allegados o en excedencias de formadores de una determinada materia. Así, quizá sería necesario realizar cursos de "atención al público", de "nuevos canales de comunicación", o de "Absys" ropiamente dicho para no tener que pasarte el día haciendo de Grishom escudriñando las posibilidades del programa para luego transmitirlas en plan Mester de Juglaría por vía oral a tus compañeros. Eso no es serio y lo peor es que tampoco es legal.

Pero qué vamos a esperar de una Administración que en la exposición de motivos de su Estatuto Básico se deleita diciendo que "El sistema de empleo público que permite afrontar estos retos es aquel que hace posible atraer los profesionales que la Administración necesita, que estimula a los empleados para el cumplimiento eficiente de sus funciones y responsabilidades, les proporciona la formación adecuada y les brinda suficientes oportunidades de promoción profesional, al tiempo que facilita una gestión racional y objetiva, ágil y flexible del personal, atendiendo al continuo desarrollo de las nuevas tecnologías".

¿Alguien se cree eso? Yo, desde luego, no.

Estatuto Básico del Empleado Público (pdf)

No hay comentarios: